Estatutos antiguos SECP

Capítulo 1Capítulo 2Capítulo 3Capítulo 4Capítulo 5Capítulo Final

Capítulo 3: Reuniones Científicas

Artículo 27
  1. La Sociedad Española de Cirugía Pediátrica celebrará, al menos, una Reunión Científica Anual debiendo coincidir necesariamente en tiempo y lugar con la celebración de la Asamblea General Ordinaria. Dicha Reunión se denominará 'Congreso de la Sociedad Española de Cirugía Pediátrica'

    I.La actividad científica y su distribución, al igual que los actos socioculturales, quedarán especificados en el programa del congreso.
    II. Durante el Congreso se realizará la Asamblea General. Incluir obligatoriamente un informe del Presidente, del Secretario General, del Tesorero y del Secretario de Redacción. El orden del día será dado a conocer a los miembros con suficiente antelación.
    III. Para poder asistir o participar al congreso es necesario estar al corriente de las cuotas de la Sociedad.
    IV. La Reunión Científica Anual siguiente a la elección de cada Junta Directiva se iniciará con un acto protocolario de investidura del nuevo Presidente. El Presidente entrante pronunciará un discurso de toma de posesión.
    V. Los Congresos Anuales serán organizados por la Junta Directiva de la Sociedad, asistida por un Comité Organizador Local cuyo presidente será elegido con dos años de antelación por la Asamblea. El Comité Organizador tendrá como misión, ejecutar las directrices de la Junta Directiva, proponer e informar aquellos aspectos de índole local para el mejor logro de los fines de la Reunión, y elaborar la Memoria final técnica, y administrativa y de Tesorería con presentación de cuentas, justificantes de ingresos y gastos a la Tesorería de la Sociedad. Igualmente el Comité Local Organizador entregará listado de los inscritos a la Reunión y de las Comunicaciones no leídas.
    VI. Los trabajos presentados, deberán estar avalados por la firma de un socio cuando menos y versarán fundamentalmente sobre temas de divulgación, investigación y técnicas quirúrgicas de la Especialidad acomodándose a las normas de presentaciones que se especifiquen. Los trabajos podrán presentarse en forma de Comunicación, Póster o video. El Comité Organizador local, de acuerdo con la Junta Directiva, puede introducir cualquier variación científica que crea de interés para el Congreso.
    VII. En cada Congreso de la Sociedad se premiará a aquel o aquellos trabajos de Médicos que por su calidad científica se consideren por el Comité de Selección acreedores a ello. Los premios tendrán una cuantía económica, en consonancia con las circunstancias y posibilidades del momento, siendo anunciados en la correspondiente convocatoria. Así mismo se concederán anualmente Becas para médicos residentes con la finalidad de potenciar su asistencia a los congresos, cuya cuantía y condiciones serán también oportunamente anunciadas.
    VIII. La Sociedad Podrá así mismo celebrar Reuniones científicas extraordinarias si las circunstancias así lo aconsejan.
    IX. El Órgano de expresión de la Sociedad será además de las actas, Congreso y Reuniones, la Revista 'Cirugía Pediátrica'. El régimen de funcionamiento de la misma, que es parte del activo patrimonial de la Sociedad y órgano de expresión y divulgación de sus actividades se establecerá por la Junta Directiva a propuesta de su Vocal Delegado de Publicaciones.

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